Información Tributaria Perú
Last updated: December 22, 2025
1. Información General del Contribuyente
La información general proporciona datos básicos sobre la empresa o persona natural, según registros de SUNAT:
Razón Social: Nombre legal del contribuyente.
Nombre Comercial: Nombre con el que realiza sus actividades comerciales, que puede diferir de la razón social.
Fecha de Inicio de Actividades: Momento en que comenzó formalmente sus operaciones económicas ante SUNAT.
Domicilio Fiscal: Dirección registrada ante SUNAT donde se ubica la empresa o donde se reciben notificaciones oficiales.
Actividades Económicas: Son las actividades realizadas por las empresas y personas naturales, clasificadas según el Código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme), el cual permite organizar y estandarizar la información económica. Por ejemplo: 0111 = “Cultivo de cereales”, 6201 = “Desarrollo de software”, 4711 = “Comercio al por menor de alimentos”.
El listado oficial de códigos CIIU utilizados en el Perú puede consultarse en la página de la SUNAT: Tabla Anexa Nº 1 – CIIU Rev. 4
Comprobantes de Pago: Documentos autorizados para emitir facturas, boletas de venta, recibos por honorarios, notas de crédito y débito, guías de remisión, comprobantes de retención, entre otros.
Tipo de Contribuyente: La SUNAT clasifica a los contribuyentes en distintas categorías según su naturaleza jurídica y el régimen tributario al que pertenecen:
Persona Natural: Contribuyente individual que desarrolla actividades económicas a título personal (profesionales independientes, comerciantes, arrendadores, etc.).
Persona Jurídica: Entidades con personalidad jurídica propia (sociedades anónimas, EIRL, asociaciones, cooperativas, entre otras).
Microempresa: Unidad económica con ventas anuales hasta 150 UIT.
Pequeña y Mediana Empresa (PyME): Empresas con ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta 2,300 UIT.
Gran Contribuyente: Empresas de gran magnitud económica designadas por SUNAT para control especial debido a su volumen de operaciones.
Régimen Especial de Renta (RER): Régimen simplificado para pequeños contribuyentes que desarrollan actividades de comercio o industria con ingresos y compras anuales hasta 525 UIT.
Régimen MYPE Tributario (RMT): Régimen especial creado para micro y pequeñas empresas, con beneficios tributarios y simplificación en la determinación del impuesto a la renta.
Fecha de Inscripción en RUC: Fecha en que el contribuyente fue inscrito oficialmente en el Registro Único de Contribuyentes.
Estado del Contribuyente: Situación actual del RUC: activo, suspendido, inactivo, baja temporal o baja definitiva. Cada estado define la capacidad de operar normalmente o restricciones aplicables.
2. Omisión Tributaria
Se indica si el contribuyente presenta omisiones tributarias, es decir, declaraciones o pagos pendientes ante SUNAT.
Presenta Omisión: Sí / No
3. Historial del Contribuyente
3.1 Historial de Razón Social
Muestra todos los nombres legales que ha tenido la empresa desde su inscripción en SUNAT, con sus periodos de vigencia y fecha de cancelación, si corresponde:
Razón Social: Nombre legal vigente en determinado período.
Fecha de Inicio / Modificación: Momento en que comenzó a utilizarse esa razón social.
Fecha de Cancelación: Fecha en que dejó de estar vigente.
3.2 Historial de Estado del Contribuyente
Muestra los cambios en la condición del contribuyente a lo largo del tiempo:
Condición: Estado
Activo: El contribuyente está habilitado para operar y cumplir con sus obligaciones tributarias.
Suspendido: Temporalmente impedido de realizar operaciones o emitir comprobantes, generalmente por incumplimiento de obligaciones.
Inactivo: No realiza actividades económicas, pero mantiene su registro ante SUNAT.
Baja Temporal: Contribuyente que ha solicitado la suspensión temporal de actividades económicas.
Baja Definitiva: Contribuyente que ha cerrado oficialmente su actividad y su registro tributario ha sido dado de baja permanentemente.
Fecha de Inicio: Fecha de comienzo del estado.
Fecha de Finalización: Fecha de finalización, si corresponde.
4. Deuda Coactiva
Se refiere a montos que el contribuyente debe pagar y que han pasado a cobranza forzosa por falta de pago en los plazos establecidos:
Origen: Impuestos, multas o intereses no pagados a tiempo.
Procedimiento: SUNAT puede embargar cuentas, bienes o retener pagos hasta cubrir la deuda.
Estado: Puede estar generada, notificada, en cobranza, parcialmente pagada o totalmente cancelada.
En resumen, la deuda coactiva es una obligación tributaria vencida que SUNAT puede cobrar mediante medidas legales si no se paga voluntariamente.
5. Deuda Reactiva
Indica que el contribuyente tiene una obligación pendiente registrada por SUNAT, que no necesariamente ha pasado a cobranza coactiva:
Presenta Deuda: Sí / No
Fecha de Actualización: Última actualización del registro de deuda.
6. Notas Finales
La información corresponde a los registros de SUNAT al momento de la consulta.
Algunos datos pueden actualizarse posteriormente según nuevas declaraciones o correcciones.
Este informe tiene carácter informativo y no constituye asesoría legal ni tributaria personalizada.
Si tienes alguna duda, no dudes en contactar con nuestro equipo de soporte escribiendo a support@getplutto.com 